Banco Ripley
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Seguros Asociados

Seguro “Seguro de Desgravamen” y “Seguro de Desempleo” Créditos Hipotecarios Clientes Banco Ripley

Descripción de las Coberturas:
Cobertura
Asegurado
Descripción y monto asegurado
Desgravámen
Todos
La Compañía pagará el saldo de la deuda del asegurado, en caso de fallecimiento por cualquier causa.(Salvo exclusiones)
Desempleo Involuntario *
Trabajador Dependiente
La Compañía pagará el valor de la cuota de un dividendo del crédito (mientras se mantenga la situación de desempleo involuntario), hasta un máximo de 4 dividendos por evento, durante toda la vigencia del crédito.
Incapacidad Temporal
Trabajador Independiente
La Compañía pagará por cada 30 días de licencia consecutiva, 1 dividendo mensual del crédito, hasta un máximo de 4 dividendos por evento durante toda la vigencia del crédito.
Invalidez Total y Permanente 2/3 por Enfermedad o Accidente
Todos
La Compañía pagará el saldo de la deuda del asegurado, en caso de incapacidad permanente 2/3 por enfermedad o accidente.

* servicio adicional: para la cobertura de desempleo, la compañía entregará un servicio de asistencia laboral.
Evento: Situación de cesantía involuntaria o de incapacidad temporal no interrumpida por un período activo mínimo

Definiciones Importantes
  • Trabajador dependiente: toda persona natural que se encuentre ejerciendo una actividad remunerada bajo un vinculo de subordinación y dependencia en virtud de un contrato de trabajo.
  • Trabajador independiente: toda persona natural, que no tiene contrato de trabajo con ningún empleador, es decir, que no existe relación de dependencia y que trabaja de manera autónoma.
  • Incapacidad Temporal: Es aquella incapacidad producto de una enfermedad o accidente que impide al trabajador independiente realizar su trabajo por un período mínimo de 30 días.
  • Casos especiales de Incapacidad Temporal cubiertos: Jubilados y Pensionados: Estos tendrán derecho a la cobertura cuando su única fuente de ingresos sea la jubilación o pensión.
  • Vendedores comisionistas: Tendrán derecho a la cobertura cuando tengan la calidad de independiente. Rentista :Estos tendrán derecho a la cobertura, cuando su única fuente de ingresos sean derivados de contratos de arriendo.
  • Incapacidad Total y Permanente: es la perdida irreversible y definitiva de la capacidad funcional total del asegurado, a consecuencia de una enfermedad o accidente.
  • Desempleo Involuntario: se entenderá por desempleo involuntario, la situación debida al término de la relación laboral con motivo de las siguientes causales señaladas en el código del trabajo: Art. 161 "necesidades de la empresa" - Art. 159 inciso N°1, "mutuo acuerdo de las partes" donde el asegurado deberá demostrar que ha sido indemnizado por su empleador - Art. 159 N° 6, "caso fortuito o fuerza mayor".
  • Casos especiales de Desempleo Involuntario cubiertos: Funcionarios de planta: (suspensión del empleo Art. 140 letra e del estatuto administrativo) - término del periodo legal (Art. 140 letra f del estatuto administrativo).
  • Personal a contrata: (no renovación del contrato una vez finalizado el plazo) - Miembros de las fuerzas armadas (que retiro o baja se deba a causa no imputable a la voluntad o a la conducta del miembro de las fuerzas armadas y de orden.
Prima del Seguro
  • Desgravámen Hipotecario: 0.00029 %o. Tasa Única, IVA Incluido, aplicable al monto inicial del crédito Hipotecario.
  • Desempleo: 0.0003 %o Tasa Única, IVA Incluido, aplicable al monto inicial del crédito Hipotecario.
  • Seguro Invalidez total y permanente 2/3: 0.00011 %o. Tasa Única, IVA Incluido, aplicable al monto inicial del crédito Hipotecario.
¿Quiénes pueden optar a estos seguros?
  • Todos los Clientes de Banco Ripley que tomen un Crédito Hipotecario (a partir de la firma de la escritura de mutuo).
  • Todos los clientes que tengan menos de 69 años, 364 días (edad máxima de ingreso).
  • La edad máxima de permanencia es hasta los 75 años, 364 días. En el caso que el plazo del crédito sumado a la edad del asegurado sea igual o superior a los 75 años, la Compañía Aseguradora sólo cubrirá hasta el día anterior al cumpleaños número 76.
  • Para la cobertura de Incapacidad Temporal, no se encuentran cubiertas las enfermedades pre-existentes, así como tampoco, la incapacidad producida por una enfermedad de origen nervioso o mental, lumbago o embarazo.
  • Para las coberturas de Desgravámen e Invalidez Permanente 2/3, los clientes deberán tener una declaración personal de salud aprobada por la Compañía Aseguradora. Además deben presentar los siguientes documentos según la siguiente tabla:
¿Cuáles son los requisitos de asegurabilidad de este seguro?
SUMA DE CAPITALES EN UF
TRAMOS DE EDADES PARA INGRESAR
 
20 - 59 años y 364 días
60 años o más
 
Requisito Asegurabilidad
Requisito Asegurabilidad
0
3.000
DSA
DSA
3.001
7.000
DSA
DSA - OC -RXT - ECG - PB - GL

DSA: Declaración de salud; DSA2: Declaración de salud avanzada - IM: Informe Médico - OC: Orina Completa - ECG: Electrocardiograma - PB: Perfil Bioquímico - RXT: Radiografía de tórax. - EH: Examen Hepático - ES: Examen sangre.

Estos montos incluyen el total de montos asegurados por persona.

¿Cual es la vigencia del seguro?
  • Inicio: a partir de la fecha de firma de la escritura.
  • Término: con el vencimiento de la ultima cuota del crédito.
¿Cuáles son las principales características y exclusiones de este seguro?
COBERTURAS
CARENCIA (*)
ANTIGÜEDAD LABORAL
Periodo Activo Mínimo
PRINCIPALES EXCLUSIONES
Desempleo Involuntario
2 dividendos
6 meses
6 meses
  • No cubre a personas independientes
  • No cubre desempleo voluntario (renuncia)
  • No cubre otras causales , más que las expresamente indicadas
  • Incapacidad Temporal
    2 dividendos
    -
    6 meses
  • No cubre a personas dependientes
  • No cubre enfermedades pre-existentes, ni aquellas de origen neurológico o mental, ni aquellas provocadas por dolores de espalda y embarazo
  • Desgravámen
    -
    -
     
  • Suicidio o su intento, durante el primer año de vigencia de la póliza
  • Participación en guerra, motín o conmoción pública
  • Nota: El detalle de las exclusiones lo encontrará en las Condiciones Particulares de esta póliza.

    (*)Carencia: el asegurado deberá haber pagado al menos dos dividendos, contados desde el día de contratación de su seguro (corresponde al periodo inicial sin cobertura), antes de quedar desempleado o sufrir el primer estado de incapacidad temporal.

    Periodo Activo mínimo: Lapso de tiempo durante el cual, el asegurado que ya ha sido indemnizado en razón del seguro y que ha obtenido nuevamente empleo, debe mantenerse en este para poder invocar el seguro si incurre nuevamente en situación de cesantía involuntaria.

    ¿Qué debe hacer en caso de siniestro?

    En el Banco Ripley, lo esperamos hasta 90 días después de ocurrido el siniestro, para que el cliente haga uso de sus beneficios, presentándose en cualquier sucursal del Banco. Infórmese sobre los detalles de documentación necesaria para cada una de las coberturas, en cualquier sucursal del Banco Ripley, solicitando el formulario de denuncia de siniestros.

    ¿Quién es el intermediario de este seguro y compañía de seguros?

    Los seguros son intermediados por Banripley Corredora de Seguros Limitada, RUT 76.139.320.- La comisión de intermediación es del 5%. La Compañía que cubre el riesgo es Compañía de Seguros de Vida Cardif S.A. y Compañía de Seguros Generales CARDIF S.A. Los seguros se encuentran amparados en las siguientes Condiciones Generales: POL 190031, POL 191057, CAL 193037, POL 288013, CAD 297002 debidamente depositadas en la S.V.S.

    Prima intermediada por Banripley Corredora de Seguros Ltda. durante periodo 2006

    % Prima Intermediada
    Compañía de Seguros Seg. Grales Compañía de Seguros Seg. Vida Seg. Previs
    Cía. de Seguros Generales Cardif S.A. 86.85% Cía.de Seguros de Vida Cardif S.A. 100% -
    Cía. Aseguradora Magallanes S.A. 11,59% - - -
    Mapfre Cía. de Seguros Generales S.A. 1,56% - - -

    Pólizas de Garantía y Responsabilidad Civil del Corredor

    Nombre de la Compañía de Seguros Emisora de la Póliza Número
    Garantía : Compañía Aseguradora Magallanes S.A. 01-20-69645
    Resp.Civil : Compañía Aseguradora Magallanes S.A. 01-45-27929
    Nombre Corredora de Seguros
    BanRipley Corredora de Seguros Ltda.
    Relación Corredora - Compañía - Banco
    BanRipley Corredora de Seguros Ltda es filial de Banco Ripley. No hay relación entre Compañía y Corredora.

    Participación de la Prima
    Seguro Desgravamen
    Nombre Compañía Monto Banco Monto Corredora Monto Aseguradora Monto Obligatoreidad
    Cardif 26,03% 5,0% 68,97%

    Seguro Desgravamen + Incapacidad
    Nombre Compañía Monto Banco Monto Corredora Monto Aseguradora Monto Obligatoreidad
    Cardif 34,60% 5,0% 60,40% No

    Seguro Cesantía
    Nombre Compañía Monto Banco Monto Corredora Monto Aseguradora Monto Obligatoreidad
    Cardif 25,10% 5,0% 69,90% No
    ¿Quién es la compañía aseguradora que cubre el riesgo?
    Nombre Compañía Aseguradora
    Compañía de Seguros de Vida Cardif S.A.
    Clasificación de Riesgo a septiembre 2006
    Feller - Rate A
     
    International Credit Rating A
    Relación Compañía - Banco
    No existe relación
    Información General
    • El Seguro de Desempleo es obligatorio sólo  para operaciones con Subsidio Habitacional de acuerdo a Convenio Minvu – Banco Ripley del 04.09.2002 y modificaciones).
    • Este es un resumen de las principales condiciones, exclusiones y características del seguro. El detalle lo encontrarás en las Condiciones Generales y Particulares de la póliza disponibles cualquier sucursal de Banco Ripley.
    • La Compañía de Seguros de Vida Cardif S.A y la Compañía de Seguros Generales CARDIF S.A. se encuentran adheridas voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguro, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra a disposición de los interesados en las Oficinas de CARDIF y en www.aach.cl.
    • La póliza de Garantía Corredor N° 01-20-039343 y Responsabilidad Civil N° 01-45-014546 ha sido contratada en Aseguradora Magallanes S.A.
    • CONTRATANTE: Banco Ripley, Rut: 97.947.000-2.
    Dudas y Consultas

    Ante cualquier consulta, llámenos al servicio de atención al Cliente Banripley Corredora de Seguros Ltda.
    800-20-32-20 y desde celulares 694-1690.
    Mail: g-scseguros@ripley.cl

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