Pena de muerte o por participación directa en cualquier acto delictivo y/o terrorista.
Guerra, Invasión, actos de enemigos extranjeros, rebelión, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
Enfermedades preexistentes.
Muerte Accidental e Incapacidad Permanente por Accidente:
Duelos, suicidio, tentativas de suicidios frustrados.
Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por el asegurado o por un beneficiario.
Carreras de vehículos motorizados, ya sea en calidad de conductor o pasajero.
Intervenciones quirúrgicas o de cualquier medida médica, siempre que no se hayan hecho necesarias a raíz de un accidente sujeto a indemnización.
Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan.
Ataques cardíacos, vértigos, convulsiones, desmayos, trastornos mentales o parálisis; ni los que ocurran estando el asegurado en estado de embriaguez, aún cuando ella sea parcial o bajo la influencia de drogas, en estado de sonambulismo, insolación o congelación.
Movimientos sísmicos, cualquiera sea su grado o fuerza.
Que el asegurado se encuentre prestando servicios en una institución militar, naval o aérea.
Guerra, Invasión, rebelión, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del estado.
Participación activa en carreras, ejercicios o juegos atléticos que no sean controlados por alguna institución deportiva, acrobacia, participación en competencias profesionales; remuneradas en cualquier forma, u otras actividades deportivas similares.