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Exclusiones

Principales Exclusiones

Quedan expresamente excluidos, y por ende no se indemnizarán aquellos perjuicios derivados de las siguientes hipótesis:
Pérdidas que no sean constitutivas de delito de robo con violencia en las personas, tales como hurtos, extravíos, robo con fuerza en las cosas, apropiación indebida, estafas y otros engaños.
Pérdida o daño, cuando existe una situación anormal a causa de guerra civil o entre países, o estado de guerra, o sublevación, huelga, motín, alboroto popular, conmoción civil, insurrección, revolución o rebelión, ni cuando ocurra cualquier fenómeno meteorológico.
Pérdidas o daños que se deriven de la comisión de un delito frustrado.
Todo tipo de multas o sanciones u otro tipo de prestación que el asegurado sea obligado a pagar por el robo, hurto o extravío de alguna de las especies cubiertas por la presente póliza.

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